El experimento que reporta el grupo de Shoukhrat Mitalipov y colaboradores en la revista Nature no habría podido realizarse en nuestro país por ser ilegal. No solamente contravendría el artículo 13 del Convenio de Oviedo de 1997, que impide cualquier intervención en embriones que conlleve la modificación del genoma de la descendencia, sino también el artículo 33 de la Ley de Investigación Biomédica 14/2007, que impide generar embriones humanos exclusivamente con fines de experimentación.
Sin embargo, el experimento se ha realizado en EEUU, donde estas investigaciones están permitidas, tras obtener el permiso del comité ético institucional correspondiente y el consentimiento de las personas que aportaron esperma y óvulos para la creación de los 142 embriones utilizados en el estudio.
Y, hay que decirlo claramente, gracias a que el experimento pudo realizarse y ha sido publicado el resto del mundo hemos podido descubrir que los embriones humanos producidos con unas técnicas habituales en reproducción asistida parecen tener mecanismos insospechados de reparación del material genético, que permiten aplicar técnicas de edición genética con inesperada seguridad y eficacia.
Esta observación, innovadora e interesante, habrá que confirmarla en otros genes y enfermedades, pero sin duda acerca la posibilidad de aplicar edición genética en embriones humanos, en aquellos países en donde esté permitido.
Desde que descubrimos las técnicas de edición genética, y principalmente, desde que aparecieron las herramientas CRISPR la discusión sobre la posible modificación de nuestro genoma está sobre la mesa. Solicitar moratorias no parece tener mucho sentido, cuando en varios países (China, Corea, EEUU,…) estos experimentos están siendo ya abordados.
Ahora bien, solicitar un análisis ético exhaustivo, pormenorizado, de cada caso, evaluando beneficios y riesgos y sopesando las consecuencias no deseadas que tales intervenciones podrían traer parece, cuando menos, prudente y recomendable.
Personalmente sigo pensando que hay muchos pacientes actuales de enfermedades congénitas, raras o no, que podrían beneficiarse de terapias innovadoras basadas en la edición genética y para quienes, creo, tenemos la responsabilidad de seguir investigando nuevos tratamiento más seguros y eficaces, antes de aplicar edición genética sobre embriones humanos, cuyos posibles destinatarios (en el caso de que tales experimentos fueran legales, posibles y aprobados) son apenas un reducidísimo número de casos, los que actualmente no pueden resolverse mediante un simple diagnóstico genético preimplantacional.
Los autores de este estudio plantean usar la edición genética para corregir la mutación en un gen que causa muerte súbita en jóvenes deportistas, asociado a una patología grave de corazón: cardiomiopatía hipertrófica.
Esta mutación es dominante, es decir, solamente es necesaria una copia de ella para desarrollar la enfermedad (mientras que para la mayoría del resto de enfermedades congénitas es necesario heredar, del padre y de la madre, las dos copias anómalas para manifestar la condición genética). El esperma de un varón portador de esta mutación se usó para fecundar in vitro óvulos sanos obtenidos de mujeres donantes.
En estas condiciones, cabría esperar que solamente un 50% de los embriones estuvieran sanos, al heredar la copia correcta del gen del padre, mientras que el resto serían fácilmente detectado mediante diagnóstico genético preimplantacional, una técnica rutinaria que se aplica con éxito en muchos hospitales y clínicas de nuestro país. Los autores, conocedores de estas alternativas más seguras, plantean no obstante usar el 50% de embriones que se descartarían, por ser portadores de la mutación, para experimentos de corrección mediada por herramientas CRISPR de edición genética con objeto de aumentar el número de total de embriones que podrían eventualmente usarse para implantar.
Tras explorar diversas rutas de introducción descubren que la co-microinyección de espermatozoides (la técnica de ICSI) y reactivos CRISPR en óvulos no fecundados promueve la reparación del gen mutado a través de la ruta dirigida por homología, esto es, sin generar mutaciones por inserción y deleción al azar, sin generar mosaicos genéticos, y sin que se detecten alteraciones no deseadas en secuencias genómicas parecidas.
También descubren que no es ni tan siquiera necesario aportar una secuencia molde correcta a partir de la cual reparar el gen mutado. En estas condiciones, el sistema parece poder usar la copia correcta de gen de la madre como molde para dirigir la reparación del gen mutado paterno. Estas dos observaciones considero que son extraordinariamente relevantes y, en realidad son el conocimiento importante que aporta el estudio, que deberá ser reproducido y confirmado en otros genes y otras enfermedades.
Este artículo lo publiqué inicialmente en ABC el 3 de agosto de 2017.